Javier Zepeda
Estudio empresarialMENTE
2026
Guía para el contador · SAT 2026

Obligaciones
fiscales 2026

Una guía de trabajo para el despacho: obligaciones por tipo de contribuyente, régimen y obligación —con fechas y fundamentos de ley—, calendario de cumplimiento y plan operativo para correr el año en orden.

Base normativa: LISR, LIVA, CFF, LIF 2026 y RMF 2026 (DOF 28-dic-2025)

Retrato de Javier Zepeda

Contador: tu ventaja este 2026 es la anticipación. El recargo por mora subió a 2.07% mensual, casi 40% más caro que en 2025. El despacho que previene vale más que el que corrige. Este es tu mapa completo para traer el año agendado.

ANTES DE LAS FECHASPara ti, contador: tu ventaja este 2026 es la anticipación

Déjame ser directo contigo, como me gusta hablar. Tú, contador, eres quien sostiene la tranquilidad fiscal de decenas de negocios. Cada empresario que duerme tranquilo es porque tú traes el calendario en la cabeza y el criterio en la mano. Este estudio no viene a enseñarte tu oficio —lo dominas de sobra—, viene a ahorrarte tiempo: reuní en un solo lugar las obligaciones por contribuyente y régimen, las fechas de 2026 y sus fundamentos, para que tú te concentres en lo que de verdad te distingue: asesorar.

Y en 2026 tu papel pesa más que nunca, porque el fisco le puso dientes al reloj. El recargo por mora subió a 2.07% mensual, casi 40% más caro que en 2025: cada fecha que se pasa le cuesta a tu cliente —y a tu prestigio— mucho más que antes. El buzón tributario dejó de ser opcional, el CFDI de nómina se endureció y las plataformas ahora entregan información al SAT casi en tiempo real. El despacho que se organiza protege a sus clientes y crece; el que improvisa, corre detrás.

Esto no es un manual frío para guardar en un cajón. Es una herramienta de despacho: te da, en un vistazo, qué obligación, de qué contribuyente, en qué régimen, con qué fecha y con qué fundamento de ley, más un calendario y un plan para correr el año con tu equipo y tus clientes en orden. Acompáñalo del Excel que va con este estudio: el calendario 2026 y el checklist están listos para palomear cliente por cliente.

El cliente no siempre distingue un buen cierre de uno apenas correcto. Pero sí nota quién lo trae tranquilo todo el año. Esa tranquilidad es tu mejor carta de presentación.

PUNTO DE PARTIDALas cifras y tasas clave de 2026

Antes de entrar a cada régimen, ten a la mano el tablero de tasas del año. Lo bueno: el ISR de personas morales sigue en 30% y el IVA en 16%. Lo que sí cambió: las tarifas de ISR de personas físicas se actualizaron por inflación (Anexo 8, factor 1.1321), y varios recargos e intereses subieron.

ConceptoValor 2026Fundamento
ISR Personas Morales30% sobre resultado fiscalArt. 9 LISR
ISR Personas Físicas (marginal máx.)35% (tarifas actualizadas por inflación)Arts. 96 y 152 LISR
IVA16% general · 0% · exentosArts. 1, 2-A, 9 LIVA
RESICO Personas Físicas1.00% a 2.50% sobre ingresos cobradosArt. 113-E LISR
Retención a RESICO PF (la hace la PM)1.25% de ISRArt. 113-J LISR
Retención honorarios y arrendamiento (PF→PM)10% ISR + 10.6667% IVA (2/3)Arts. 106, 116 LISR; 1-A LIVA
Retención de IVA en fletes (autotransporte)4%Art. 1-A fr. II-c LIVA
Retención de dividendos a PF10% (definitivo adicional)Art. 140 LISR
Recargo por MORA (mensual)2.07% (era 1.47% en 2025)Art. 21 CFF; art. 8 LIF 2026
Recargo por prórroga / parcialidades1.38% · 1.42% / 1.63% / 1.97%Art. 8 LIF 2026
UMA 2026 (desde 1-feb)$117.31 diaria · $3,566.22 mensualINEGI (DOF ene-2026)
Salario mínimo general$315.04/día (~$9,582/mes)CONASAMI

EL CORAZÓN DEL ESTUDIOObligaciones por tipo de contribuyente y régimen

Aquí está el mapa completo. Lo primero es ubicar en qué régimen cae cada contribuyente, porque de eso dependen sus obligaciones. Y lo primero que define el régimen es el nivel de ingresos: estos son los umbrales que mandan.

A. Personas Morales

1. Régimen General (Título II · clave 601)

Toda persona moral con fines de lucro (S.A., S. de R.L., S.C.), sin límite de ingresos. Es el régimen por defecto.

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Pago provisional de ISRMensual, día 17Ingresos × coeficiente de utilidad; 30%Art. 14 LISR
IVA (pago definitivo)Mensual, día 1716% / 0%; se acredita IVAArts. 1, 5-D LIVA
DIOTMensualInformativa de tercerosArt. 32 fr. VIII LIVA
Contabilidad electrónicaBalanza mensualCatálogo y balanzasArt. 28 CFF
Retención y entero de ISR de sueldosMensual, día 17Tarifa art. 96Arts. 96, 99 LISR
CFDI de nóminaCada pagoComplemento 1.2 Rev. EArt. 99 fr. III LISR
Declaración anual31 de marzoResultado fiscal × 30%Arts. 9, 76 LISR
ISSIF / PTUCon la anual / mayoSegún supuestosArt. 32-H CFF; 9 LISR

2. RESICO Personas Morales (arts. 206-215 · clave 626)

Personas morales constituidas solo por personas físicas, con ingresos ≤ $35 millones. Su gran diferencia: calcula sobre flujo de efectivo (lo cobrado menos lo pagado), no por coeficiente.

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Pago provisional de ISRMensual, día 17Flujo: cobrado − pagado; 30%Art. 211 LISR
Declaración anual31 de marzoUtilidad de flujo × 30%Art. 212 LISR
IVA y retencionesMensual, día 17Igual que régimen generalArts. 1, 1-A LIVA
Contabilidad electrónicaSe lleva; relevada de enviarlaRMF 2026 (verificar regla)
Aviso de salida si excede $35 MAntes del 31 de eneroPasa a Título IIArt. 214 LISR

3. Personas Morales con fines no lucrativos (Título III · clave 603)

A.C., I.A.P., colegios, cámaras, donatarias autorizadas. Por regla general no pagan ISR, salvo remanente distribuible o ingresos por venta a no miembros arriba del 5%.

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Llevar contabilidad y expedir/recabar CFDIPermanenteArt. 86 fr. I y II LISR
Declaración anual informativa15 de febreroIngresos, egresos y remanenteArt. 86 fr. III LISR
Retener y enterar ISR de tercerosMensualArt. 86 fr. V LISR
Donatarias: informe de transparenciaAnualUso y destino de donativosArts. 82, 82-Bis LISR

B. Personas Físicas

4. Sueldos y salarios (Cap. I · clave 605)

El patrón es quien carga con casi toda la obligación: retiene, entera y timbra. El trabajador solo declara en ciertos casos.

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Retener ISR (art. 96 − subsidio) y enterarMensual, día 17Tarifa mensualArt. 96 LISR
Cálculo del impuesto anual del trabajadorFebreroAjuste anualArt. 97 LISR
CFDI de nóminaCada pagoComplemento 1.2 Rev. EArt. 99 fr. III LISR
Declaración anual del trabajador30 de abrilSi >$400 mil, 2+ patrones, etc.Art. 98 fr. III LISR

5. Actividad empresarial y profesional / honorarios (Sec. I · clave 612)

PF con negocio o servicios independientes, sin límite de ingresos (aquí caen quienes rebasan el tope de RESICO).

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Pago provisional de ISRMensual, día 17Ingresos − deducciones; tarifa 96Art. 106 LISR
IVA (definitivo) y DIOTMensual, día 1716% / 0%Arts. 1, 5-D, 32 LIVA
CFDI y contabilidad electrónicaAl percibir / mensualArt. 110 LISR; 28 CFF
Declaración anual30 de abrilTarifa art. 152Arts. 109, 152 LISR

6. RESICO Personas Físicas (arts. 113-E a 113-J · clave 626)

PF con actividad, servicios o arrendamiento e ingresos ≤ $3.5 millones. Paga sobre ingresos cobrados, sin deducciones, con tasas de 1% a 2.5%. Ojo con las causales de expulsión: omitir 3 declaraciones mensuales consecutivas (o 6 en el año) te saca del régimen.

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Declaración mensual de ISRMensual, día 171.00% a 2.50% s/ cobradoArt. 113-E LISR
Declaración anual30 de abrilTasa anual equivalenteArt. 113-F LISR
IVA mensual y CFDI de todos los ingresosMensual / por operación16% / 0%; CFDI globalLIVA; art. 113-G LISR
e.firma y buzón tributario activosPermanenteRequisito del régimenArt. 113-G fr. II LISR
Retención cuando factura a PMEn cada pago1.25% ISR + 10.6667% IVAArt. 113-J LISR

7. Arrendamiento (Cap. III · clave 606)

PF que rentan inmuebles. Su ventaja: la deducción “ciega” del 35% sin comprobantes (más el predial), o deducciones reales.

ObligaciónPeriodicidad / FechaBase o tasaFundamento
Pago provisional de ISRMensual (trimestral si ≤10 UMA/mes)Ingresos − 35% o deducciones realesArt. 116 LISR
IVA (si es local comercial)Mensual, día 1716%; casa habitación exentaArts. 1, 20 LIVA
CFDI por rentas cobradasAl cobrarArt. 118 fr. III LISR
Declaración anual30 de abrilTarifa art. 152Art. 152 LISR

8. Plataformas tecnológicas (arts. 113-A a 113-C · clave 625) y 9. RIF (en extinción)

En plataformas digitales, la app retiene el ISR (2.1% transporte y entrega, 4% hospedaje, 2.5% en marketplace de bienes/servicios) y el IVA (8% con RFC, 16% sin RFC). Es pago definitivo para PF con ingresos por plataformas ≤ $300 mil. Novedad 2026: ahora también se retiene 4% a personas morales. El RIF está cerrado desde 2022; solo siguen quienes optaron por continuar hasta agotar sus 10 años, con declaraciones bimestrales y reducciones decrecientes.

APLICAN A CASI TODOSObligaciones transversales que no puedes descuidar

Hay obligaciones que cruzan todos los regímenes y que en 2026 traen cambios. Estas son las que más pesan:

ObligaciónQué exige en 2026Fundamento
CFDI 4.0 y Carta Porte 3.1Facturación electrónica 4.0; Carta Porte 3.1 vigente con catálogos actualizados en enero 2026. Sin ella: multa y no deducibilidad del flete.Arts. 29, 29-A CFF
Complemento de nómina 1.2 Rev. EObligatorio desde el 1-ene-2026. Nuevas claves; los PAC rechazan lo mal timbrado. Regularización de 2025 hasta el 28-feb.Arts. 27, 99 LISR
Buzón TributarioHabilitado y con medios de contacto vigentes. Su omisión detona multas y notificación por estrados.Art. 17-K CFF
e.firma y Sello Digital (CSD)Vigencia 4 años. El SAT puede restringir o cancelar el CSD y paralizar tu facturación.Arts. 17-D, 17-H, 17-H Bis CFF
Contabilidad electrónicaCatálogo y balanzas mensuales (RESICO y quienes usan “Mis cuentas” quedan relevados de enviarla).Art. 28 CFF
DIOTMensual, en la nueva plataforma del SAT (se amplió a ~54 campos).Art. 32 fr. VIII LIVA
Dictamen fiscal / ISSIFGrandes contribuyentes: ISSIF con ingresos ≥ $1,103 M; dictamen ≥ $2,014 M.Arts. 32-A y 32-H CFF

EL RELOJ DEL AÑOCalendario de cumplimiento 2026

La regla madre: los pagos mensuales vencen el día 17 del mes siguiente (ISR provisional, IVA definitivo, retenciones y DIOT). Si el 17 cae en fin de semana, se recorre al siguiente día hábil. En 2026 eso pasa en tres meses:

MesEl día 17 cae enSe recorre a
EneroSábadoLunes 19 de enero
MayoDomingoLunes 18 de mayo
OctubreSábadoLunes 19 de octubre

Además, las personas físicas tienen días hábiles adicionales al 17 según el sexto dígito de su RFC (Art. 5.1 del Decreto DOF 26-dic-2013):

Sexto dígito del RFCDías hábiles adicionales al 17
1 y 2+1 día hábil
3 y 4+2 días hábiles
5 y 6+3 días hábiles
7 y 8+4 días hábiles
9 y 0+5 días hábiles

No aplica a obligados a dictamen ni a grandes contribuyentes. Y estas son las fechas firmes que no se mueven y marcan el año:

FechaObligaciónAplica a
15 de febreroConstancias de retención, DIM e informativa de donatariasRetenedores / no lucrativas
31 de marzoDeclaración anual + ISSIFPersonas Morales
30 de abrilDeclaración anualPersonas Físicas
15 de mayoDictamen fiscal e informativa de partes relacionadasObligados / opción
30 de mayoReparto de PTUPersonas Morales
29 de junioReparto de PTUPersonas Físicas
20 y 31 de diciembreAguinaldo y cierre del ejercicioTodos

Y aquí está el calendario completo, mes por mes, con la obligación, a quién aplica y su fundamento. Las fechas con “±” se recorren por día hábil (y por el sexto dígito del RFC en personas físicas):

Calendario 2026 mes por mes

MesFechaObligaciónAplica aFundamento
Enero19 ene (±)Pagos mensuales de diciembre 2025: ISR, IVA, IEPS, retenciones y DIOTPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Enero19 ene (±)Cuotas IMSS (mensual) y RCV/INFONAVIT (bimestre nov-dic)PatronesArt. 39 LSS; 29 L.INFONAVIT
Enero31 eneAviso de opción o actualización al RESICOPF/PM que optenArts. 113-E, 206 LISR
Enero31 eneAviso del régimen de sector primarioSector primarioRMF 2026
EneroEn el mesRevisar y renovar vigencia de e.firma y CSDTodosArts. 17-D, 17-H CFF
Febrero17 feb (±)Pagos mensuales de eneroPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Febrero15 febConstancias de retención (sueldos, honorarios, arrendamiento, extranjero)RetenedoresArts. 99 y 76 LISR
Febrero15 febDeclaración Informativa Múltiple (DIM) y anexosObligadosArt. 76 LISR
Febrero15 febDeclaración informativa y de transparencia de donatariasNo lucrativasArts. 86 y 82 LISR
FebreroEn el mesDeterminación y pago de la prima de riesgo de trabajo IMSSPatronesArt. 74 LSS
Febrero28 febAjuste anual de ISR de sueldos (impuesto anual del trabajador)PatronesArt. 97 LISR
Febrero28 febCierre de ventana para corregir CFDI de nómina 2025PatronesReglas CFDI / RMF
Marzo17 mar (±)Pagos mensuales de febreroPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Marzo31 marDECLARACIÓN ANUAL Personas Morales (ejercicio 2025)Personas MoralesArts. 9 y 76 LISR
Marzo31 marISSIF / DISIF (obligados no dictaminados)PM obligadasArt. 32-H CFF
Abril17 abr (±)Pagos mensuales de marzoPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Abril20 abrBalanza de cierre de contabilidad electrónica (PM)Personas MoralesArt. 28 CFF; RMF 2.8.1
Abril30 abrDECLARACIÓN ANUAL Personas Físicas (ejercicio 2025)Personas FísicasArt. 150 LISR
Abril30 abrPlataformas digitales: entregar credenciales de acceso al SATPlataformas digitalesRMF 2026
Mayo18 may (±)Pagos mensuales de abrilPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Mayo15 mayDictamen fiscal (SIPRED) e ISSIF vía dictamenPM obligadas / opciónArt. 32-A CFF
Mayo15 mayDeclaración informativa de operaciones con partes relacionadasObligadosArt. 76 LISR
Mayo22 mayBalanza de cierre de contabilidad electrónica (PF)Personas FísicasArt. 28 CFF; RMF 2.8.1
Mayo30 mayReparto de PTU — Personas MoralesPersonas MoralesArt. 122 LFT
Mayo31 mayDeclaración anual complementaria de PF sin recargosPersonas FísicasRMF 2026
Junio17 jun (±)Pagos mensuales de mayoPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Junio29 junReparto de PTU — Personas FísicasPersonas FísicasArt. 122 LFT
Julio17 jul (±)Pagos mensuales de junio (verificar periodo inhábil del SAT)PM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Agosto17 ago (±)Pagos mensuales de julioPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Septiembre17 sep (±)Pagos mensuales de agostoPM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Octubre19 oct (±)Pagos mensuales de septiembrePM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Noviembre17 nov (±)Pagos mensuales de octubrePM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Diciembre17 dic (±)Pagos mensuales de noviembrePM y PF con actividadArt. 14 LISR; 5-D LIVA
Diciembre20 dicPago del aguinaldoPatronesArt. 87 LFT
Diciembre31 dicCierre del ejercicio: última fecha de deducciones e inversiones; ajuste anual por inflaciónPM y PFArt. 44 LISR

Este mismo calendario, más un checklist recurrente con casilla para palomear y columnas de estatus, viene también en el Excel que acompaña este estudio (hoja “Calendario 2026”), listo para operarlo día a día.

LO QUE CAMBIÓNovedades fiscales 2026: dónde poner el ojo

Novedad 2026Qué significa
Recargos por mora al 2.07%Subió ~40% desde 2025. Pagar tarde es hoy mucho más caro; la puntualidad rinde.
Tarifas de ISR de PF actualizadasSe ajustaron por inflación (Anexo 8, factor 1.1321). Reprograma tu nómina y provisionales.
Cancelación de CFDI más estrictaEl plazo se ata a la declaración anual y se exige aceptación expresa en CFDI con complemento de pago.
Plataformas digitales bajo lupaDan al SAT acceso en línea a sus datos; nueva retención de 4% a personas morales; marketplace al 2.5%.
Buzón tributario exigibleSu falta de habilitación ya genera sanciones. No dejarlo para después.
Intereses e IEPS al alzaRetención de intereses del sistema financiero sube a 0.90%; aumentos de IEPS en varios productos.
Reglas EFOS (69-B) reforzadasMás control sobre operaciones inexistentes: cuida la materialidad de cada gasto.

EL COSTO DE NO CUMPLIRSanciones: lo que está en juego

No lo digo para asustarte, sino para que dimensiones por qué vale la pena el orden. Estos son los rangos de multa por las fallas más comunes (Anexo 5 RMF 2026, montos aproximados):

IncumplimientoMulta aproximadaFundamento
No presentar declaraciones o hacerlo tarde$1,810 a $44,790 por obligaciónArts. 81 y 82 CFF
No presentar la DIOT$14,880 a $29,750Arts. 81 y 82 CFF
No habilitar el Buzón Tributario$3,850 a $11,540Arts. 86-C y 86-D CFF
CFDI o Carta Porte con errores / no expedir$19,700 a $112,650 por documentoArts. 83 y 84 CFF
No presentar dictamen / ISSIF estando obligado$2,050 a $41,590Arts. 83 y 84 CFF

CÓMO CORRER EL AÑOTu plan de trabajo de despacho

Tú ya lo sabes: un despacho que previene vale más que uno que corrige. La clave es convertir las obligaciones en una rutina de ritmos fijos —diario, semanal, mensual y de temporada— para que a ningún cliente se le pase nada. Y saber dónde está el pico: de febrero a mayo se te junta el cierre de todos.

RitmoActividades clave
DiarioTimbrar CFDI de ingresos, validar CFDI de gastos (cuida la materialidad, evita EFOS 69-B) y registrar cobros y pagos.
Cada semanaConciliar bancos contra contabilidad y revisar el buzón tributario y las notificaciones del SAT.
Antes del día 10Cerrar la contabilidad del mes anterior y conciliar el IVA acreditable y trasladado; preparar la DIOT.
Antes del día 15Calcular ISR provisional, IVA y retenciones; timbrar y pagar nómina.
Día 17 (±)Presentar y pagar declaraciones mensuales, DIOT y cuotas de seguridad social e ISN.
Temporada (feb–may)Constancias e informativas (feb), anual de PM + ISSIF (mar), anual de PF (abr), dictamen y PTU (may).

El plan de trabajo, actividad por actividad

Y aquí está el plan operativo completo, para que tú y tu equipo lo bajen a la práctica en el despacho. Asigna un responsable y una fecha compromiso a cada renglón:

BloqueActividadFrecuencia
DiarioTimbrar CFDI de ingresos y validar CFDI de gastos (cuida la materialidad, evita EFOS 69-B)Diario
DiarioRegistrar cobros y pagos (base de RESICO y del flujo de efectivo)Diario
Cada semanaConciliar bancos contra la contabilidadSemanal
Cada semanaRevisar el buzón tributario y las notificaciones del SATSemanal
Antes del día 10Cerrar la contabilidad del mes anteriorMensual
Antes del día 10Conciliar IVA acreditable y trasladado; preparar la DIOTMensual
Antes del día 15Calcular ISR provisional, IVA y retenciones del mesMensual
Antes del día 15Timbrar y pagar nómina; validar complemento 1.2 Rev. EMensual
Día 17 (±)Presentar y pagar declaraciones mensuales y DIOTMensual
Día 17 (±)Enterar cuotas IMSS, RCV-INFONAVIT e ISNMensual / Bimestral
EneroRevisar e.firma/CSD; avisos de RESICO; arrancar los papeles del cierre anualAnual
FebreroConstancias, DIM, prima de riesgo IMSS y ajuste anual de sueldosAnual
MarzoDeclaración anual de Personas Morales + ISSIFAnual
AbrilDeclaración anual de Personas Físicas; balanza de cierre de PMAnual
MayoDictamen fiscal; partes relacionadas; reparto de PTU (PM)Anual
JunioReparto de PTU (PF); revisión de medio añoAnual
DiciembreCierre fiscal, aguinaldos y deducciones e inversiones de último minutoAnual

Este mismo plan, con columnas para asignar responsable, fecha compromiso y estatus, viene en la hoja “Plan de trabajo” del Excel que acompaña este estudio. Úsalo como tablero vivo: lo que se palomea, se cumplió; lo que sigue pendiente, es tu prioridad de la semana.

PARA TERMINAREl orden fiscal es rentable

El cumplimiento no le gana dinero a tu cliente directamente, es cierto. Pero el desorden fiscal sí se lo hace perder: recargos del 2.07% mensual, multas de decenas de miles de pesos, un sello digital restringido que lo deja sin facturar justo cuando más lo necesita. Evitarle esas pérdidas —y evitártelas tú como su asesor— es de las cosas mejor pagadas que hace un despacho. Y no cuesta dinero: cuesta método y disciplina.

Ya tienes el mapa completo: los regímenes, las obligaciones, las fechas, los fundamentos, el calendario y el plan. Llévalo a tu operación, súbelo a tu equipo y compártelo con tus clientes como parte de tu servicio. Porque en lo fiscal, como en todo lo demás, el que se anticipa gana, y el que improvisa paga.

El SAT no debería agarrar con la guardia baja a ninguno de tus clientes. Cuando tú traes el año agendado, ellos tienen la cabeza libre para crecer — y te buscan y te recomiendan justo por eso.

Nota sobre las fuentes

Este estudio se basa en la normatividad vigente para 2026: Ley del ISR, Ley del IVA, Código Fiscal de la Federación, Ley de Ingresos de la Federación 2026 y Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-dic-2025) con sus anexos. Se complementó con análisis de despachos y colegios profesionales (Colegio de Contadores Públicos de México, IMCP, Basham, CONTPAQi, PwC, KPMG, IDC, El Contribuyente). Las fechas del día 17 marcadas con “±” dependen de días hábiles y del sexto dígito del RFC; los umbrales de dictamen/ISSIF y la numeración de reglas de la RMF conviene confirmarlos en el DOF. Este material es de apoyo y consulta; el análisis y la aplicación de cada caso concreto corresponden al criterio del profesional que lo utilice.

Fuentes