2026
Obligaciones
fiscales 2026
Una guía de trabajo para el despacho: obligaciones por tipo de contribuyente, régimen y obligación —con fechas y fundamentos de ley—, calendario de cumplimiento y plan operativo para correr el año en orden.
Base normativa: LISR, LIVA, CFF, LIF 2026 y RMF 2026 (DOF 28-dic-2025)

Contador: tu ventaja este 2026 es la anticipación. El recargo por mora subió a 2.07% mensual, casi 40% más caro que en 2025. El despacho que previene vale más que el que corrige. Este es tu mapa completo para traer el año agendado.
ANTES DE LAS FECHASPara ti, contador: tu ventaja este 2026 es la anticipación
Déjame ser directo contigo, como me gusta hablar. Tú, contador, eres quien sostiene la tranquilidad fiscal de decenas de negocios. Cada empresario que duerme tranquilo es porque tú traes el calendario en la cabeza y el criterio en la mano. Este estudio no viene a enseñarte tu oficio —lo dominas de sobra—, viene a ahorrarte tiempo: reuní en un solo lugar las obligaciones por contribuyente y régimen, las fechas de 2026 y sus fundamentos, para que tú te concentres en lo que de verdad te distingue: asesorar.
Y en 2026 tu papel pesa más que nunca, porque el fisco le puso dientes al reloj. El recargo por mora subió a 2.07% mensual, casi 40% más caro que en 2025: cada fecha que se pasa le cuesta a tu cliente —y a tu prestigio— mucho más que antes. El buzón tributario dejó de ser opcional, el CFDI de nómina se endureció y las plataformas ahora entregan información al SAT casi en tiempo real. El despacho que se organiza protege a sus clientes y crece; el que improvisa, corre detrás.
Esto no es un manual frío para guardar en un cajón. Es una herramienta de despacho: te da, en un vistazo, qué obligación, de qué contribuyente, en qué régimen, con qué fecha y con qué fundamento de ley, más un calendario y un plan para correr el año con tu equipo y tus clientes en orden. Acompáñalo del Excel que va con este estudio: el calendario 2026 y el checklist están listos para palomear cliente por cliente.
“El cliente no siempre distingue un buen cierre de uno apenas correcto. Pero sí nota quién lo trae tranquilo todo el año. Esa tranquilidad es tu mejor carta de presentación.
PUNTO DE PARTIDALas cifras y tasas clave de 2026
Antes de entrar a cada régimen, ten a la mano el tablero de tasas del año. Lo bueno: el ISR de personas morales sigue en 30% y el IVA en 16%. Lo que sí cambió: las tarifas de ISR de personas físicas se actualizaron por inflación (Anexo 8, factor 1.1321), y varios recargos e intereses subieron.
| Concepto | Valor 2026 | Fundamento |
|---|---|---|
| ISR Personas Morales | 30% sobre resultado fiscal | Art. 9 LISR |
| ISR Personas Físicas (marginal máx.) | 35% (tarifas actualizadas por inflación) | Arts. 96 y 152 LISR |
| IVA | 16% general · 0% · exentos | Arts. 1, 2-A, 9 LIVA |
| RESICO Personas Físicas | 1.00% a 2.50% sobre ingresos cobrados | Art. 113-E LISR |
| Retención a RESICO PF (la hace la PM) | 1.25% de ISR | Art. 113-J LISR |
| Retención honorarios y arrendamiento (PF→PM) | 10% ISR + 10.6667% IVA (2/3) | Arts. 106, 116 LISR; 1-A LIVA |
| Retención de IVA en fletes (autotransporte) | 4% | Art. 1-A fr. II-c LIVA |
| Retención de dividendos a PF | 10% (definitivo adicional) | Art. 140 LISR |
| Recargo por MORA (mensual) | 2.07% (era 1.47% en 2025) | Art. 21 CFF; art. 8 LIF 2026 |
| Recargo por prórroga / parcialidades | 1.38% · 1.42% / 1.63% / 1.97% | Art. 8 LIF 2026 |
| UMA 2026 (desde 1-feb) | $117.31 diaria · $3,566.22 mensual | INEGI (DOF ene-2026) |
| Salario mínimo general | $315.04/día (~$9,582/mes) | CONASAMI |
EL CORAZÓN DEL ESTUDIOObligaciones por tipo de contribuyente y régimen
Aquí está el mapa completo. Lo primero es ubicar en qué régimen cae cada contribuyente, porque de eso dependen sus obligaciones. Y lo primero que define el régimen es el nivel de ingresos: estos son los umbrales que mandan.
A. Personas Morales
1. Régimen General (Título II · clave 601)
Toda persona moral con fines de lucro (S.A., S. de R.L., S.C.), sin límite de ingresos. Es el régimen por defecto.
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Pago provisional de ISR | Mensual, día 17 | Ingresos × coeficiente de utilidad; 30% | Art. 14 LISR |
| IVA (pago definitivo) | Mensual, día 17 | 16% / 0%; se acredita IVA | Arts. 1, 5-D LIVA |
| DIOT | Mensual | Informativa de terceros | Art. 32 fr. VIII LIVA |
| Contabilidad electrónica | Balanza mensual | Catálogo y balanzas | Art. 28 CFF |
| Retención y entero de ISR de sueldos | Mensual, día 17 | Tarifa art. 96 | Arts. 96, 99 LISR |
| CFDI de nómina | Cada pago | Complemento 1.2 Rev. E | Art. 99 fr. III LISR |
| Declaración anual | 31 de marzo | Resultado fiscal × 30% | Arts. 9, 76 LISR |
| ISSIF / PTU | Con la anual / mayo | Según supuestos | Art. 32-H CFF; 9 LISR |
2. RESICO Personas Morales (arts. 206-215 · clave 626)
Personas morales constituidas solo por personas físicas, con ingresos ≤ $35 millones. Su gran diferencia: calcula sobre flujo de efectivo (lo cobrado menos lo pagado), no por coeficiente.
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Pago provisional de ISR | Mensual, día 17 | Flujo: cobrado − pagado; 30% | Art. 211 LISR |
| Declaración anual | 31 de marzo | Utilidad de flujo × 30% | Art. 212 LISR |
| IVA y retenciones | Mensual, día 17 | Igual que régimen general | Arts. 1, 1-A LIVA |
| Contabilidad electrónica | Se lleva; relevada de enviarla | — | RMF 2026 (verificar regla) |
| Aviso de salida si excede $35 M | Antes del 31 de enero | Pasa a Título II | Art. 214 LISR |
3. Personas Morales con fines no lucrativos (Título III · clave 603)
A.C., I.A.P., colegios, cámaras, donatarias autorizadas. Por regla general no pagan ISR, salvo remanente distribuible o ingresos por venta a no miembros arriba del 5%.
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Llevar contabilidad y expedir/recabar CFDI | Permanente | — | Art. 86 fr. I y II LISR |
| Declaración anual informativa | 15 de febrero | Ingresos, egresos y remanente | Art. 86 fr. III LISR |
| Retener y enterar ISR de terceros | Mensual | — | Art. 86 fr. V LISR |
| Donatarias: informe de transparencia | Anual | Uso y destino de donativos | Arts. 82, 82-Bis LISR |
B. Personas Físicas
4. Sueldos y salarios (Cap. I · clave 605)
El patrón es quien carga con casi toda la obligación: retiene, entera y timbra. El trabajador solo declara en ciertos casos.
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Retener ISR (art. 96 − subsidio) y enterar | Mensual, día 17 | Tarifa mensual | Art. 96 LISR |
| Cálculo del impuesto anual del trabajador | Febrero | Ajuste anual | Art. 97 LISR |
| CFDI de nómina | Cada pago | Complemento 1.2 Rev. E | Art. 99 fr. III LISR |
| Declaración anual del trabajador | 30 de abril | Si >$400 mil, 2+ patrones, etc. | Art. 98 fr. III LISR |
5. Actividad empresarial y profesional / honorarios (Sec. I · clave 612)
PF con negocio o servicios independientes, sin límite de ingresos (aquí caen quienes rebasan el tope de RESICO).
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Pago provisional de ISR | Mensual, día 17 | Ingresos − deducciones; tarifa 96 | Art. 106 LISR |
| IVA (definitivo) y DIOT | Mensual, día 17 | 16% / 0% | Arts. 1, 5-D, 32 LIVA |
| CFDI y contabilidad electrónica | Al percibir / mensual | — | Art. 110 LISR; 28 CFF |
| Declaración anual | 30 de abril | Tarifa art. 152 | Arts. 109, 152 LISR |
6. RESICO Personas Físicas (arts. 113-E a 113-J · clave 626)
PF con actividad, servicios o arrendamiento e ingresos ≤ $3.5 millones. Paga sobre ingresos cobrados, sin deducciones, con tasas de 1% a 2.5%. Ojo con las causales de expulsión: omitir 3 declaraciones mensuales consecutivas (o 6 en el año) te saca del régimen.
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Declaración mensual de ISR | Mensual, día 17 | 1.00% a 2.50% s/ cobrado | Art. 113-E LISR |
| Declaración anual | 30 de abril | Tasa anual equivalente | Art. 113-F LISR |
| IVA mensual y CFDI de todos los ingresos | Mensual / por operación | 16% / 0%; CFDI global | LIVA; art. 113-G LISR |
| e.firma y buzón tributario activos | Permanente | Requisito del régimen | Art. 113-G fr. II LISR |
| Retención cuando factura a PM | En cada pago | 1.25% ISR + 10.6667% IVA | Art. 113-J LISR |
7. Arrendamiento (Cap. III · clave 606)
PF que rentan inmuebles. Su ventaja: la deducción “ciega” del 35% sin comprobantes (más el predial), o deducciones reales.
| Obligación | Periodicidad / Fecha | Base o tasa | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Pago provisional de ISR | Mensual (trimestral si ≤10 UMA/mes) | Ingresos − 35% o deducciones reales | Art. 116 LISR |
| IVA (si es local comercial) | Mensual, día 17 | 16%; casa habitación exenta | Arts. 1, 20 LIVA |
| CFDI por rentas cobradas | Al cobrar | — | Art. 118 fr. III LISR |
| Declaración anual | 30 de abril | Tarifa art. 152 | Art. 152 LISR |
8. Plataformas tecnológicas (arts. 113-A a 113-C · clave 625) y 9. RIF (en extinción)
En plataformas digitales, la app retiene el ISR (2.1% transporte y entrega, 4% hospedaje, 2.5% en marketplace de bienes/servicios) y el IVA (8% con RFC, 16% sin RFC). Es pago definitivo para PF con ingresos por plataformas ≤ $300 mil. Novedad 2026: ahora también se retiene 4% a personas morales. El RIF está cerrado desde 2022; solo siguen quienes optaron por continuar hasta agotar sus 10 años, con declaraciones bimestrales y reducciones decrecientes.
APLICAN A CASI TODOSObligaciones transversales que no puedes descuidar
Hay obligaciones que cruzan todos los regímenes y que en 2026 traen cambios. Estas son las que más pesan:
| Obligación | Qué exige en 2026 | Fundamento |
|---|---|---|
| CFDI 4.0 y Carta Porte 3.1 | Facturación electrónica 4.0; Carta Porte 3.1 vigente con catálogos actualizados en enero 2026. Sin ella: multa y no deducibilidad del flete. | Arts. 29, 29-A CFF |
| Complemento de nómina 1.2 Rev. E | Obligatorio desde el 1-ene-2026. Nuevas claves; los PAC rechazan lo mal timbrado. Regularización de 2025 hasta el 28-feb. | Arts. 27, 99 LISR |
| Buzón Tributario | Habilitado y con medios de contacto vigentes. Su omisión detona multas y notificación por estrados. | Art. 17-K CFF |
| e.firma y Sello Digital (CSD) | Vigencia 4 años. El SAT puede restringir o cancelar el CSD y paralizar tu facturación. | Arts. 17-D, 17-H, 17-H Bis CFF |
| Contabilidad electrónica | Catálogo y balanzas mensuales (RESICO y quienes usan “Mis cuentas” quedan relevados de enviarla). | Art. 28 CFF |
| DIOT | Mensual, en la nueva plataforma del SAT (se amplió a ~54 campos). | Art. 32 fr. VIII LIVA |
| Dictamen fiscal / ISSIF | Grandes contribuyentes: ISSIF con ingresos ≥ $1,103 M; dictamen ≥ $2,014 M. | Arts. 32-A y 32-H CFF |
EL RELOJ DEL AÑOCalendario de cumplimiento 2026
La regla madre: los pagos mensuales vencen el día 17 del mes siguiente (ISR provisional, IVA definitivo, retenciones y DIOT). Si el 17 cae en fin de semana, se recorre al siguiente día hábil. En 2026 eso pasa en tres meses:
| Mes | El día 17 cae en | Se recorre a |
|---|---|---|
| Enero | Sábado | Lunes 19 de enero |
| Mayo | Domingo | Lunes 18 de mayo |
| Octubre | Sábado | Lunes 19 de octubre |
Además, las personas físicas tienen días hábiles adicionales al 17 según el sexto dígito de su RFC (Art. 5.1 del Decreto DOF 26-dic-2013):
| Sexto dígito del RFC | Días hábiles adicionales al 17 |
|---|---|
| 1 y 2 | +1 día hábil |
| 3 y 4 | +2 días hábiles |
| 5 y 6 | +3 días hábiles |
| 7 y 8 | +4 días hábiles |
| 9 y 0 | +5 días hábiles |
No aplica a obligados a dictamen ni a grandes contribuyentes. Y estas son las fechas firmes que no se mueven y marcan el año:
| Fecha | Obligación | Aplica a |
|---|---|---|
| 15 de febrero | Constancias de retención, DIM e informativa de donatarias | Retenedores / no lucrativas |
| 31 de marzo | Declaración anual + ISSIF | Personas Morales |
| 30 de abril | Declaración anual | Personas Físicas |
| 15 de mayo | Dictamen fiscal e informativa de partes relacionadas | Obligados / opción |
| 30 de mayo | Reparto de PTU | Personas Morales |
| 29 de junio | Reparto de PTU | Personas Físicas |
| 20 y 31 de diciembre | Aguinaldo y cierre del ejercicio | Todos |
Y aquí está el calendario completo, mes por mes, con la obligación, a quién aplica y su fundamento. Las fechas con “±” se recorren por día hábil (y por el sexto dígito del RFC en personas físicas):
Calendario 2026 mes por mes
| Mes | Fecha | Obligación | Aplica a | Fundamento |
|---|---|---|---|---|
| Enero | 19 ene (±) | Pagos mensuales de diciembre 2025: ISR, IVA, IEPS, retenciones y DIOT | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Enero | 19 ene (±) | Cuotas IMSS (mensual) y RCV/INFONAVIT (bimestre nov-dic) | Patrones | Art. 39 LSS; 29 L.INFONAVIT |
| Enero | 31 ene | Aviso de opción o actualización al RESICO | PF/PM que opten | Arts. 113-E, 206 LISR |
| Enero | 31 ene | Aviso del régimen de sector primario | Sector primario | RMF 2026 |
| Enero | En el mes | Revisar y renovar vigencia de e.firma y CSD | Todos | Arts. 17-D, 17-H CFF |
| Febrero | 17 feb (±) | Pagos mensuales de enero | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Febrero | 15 feb | Constancias de retención (sueldos, honorarios, arrendamiento, extranjero) | Retenedores | Arts. 99 y 76 LISR |
| Febrero | 15 feb | Declaración Informativa Múltiple (DIM) y anexos | Obligados | Art. 76 LISR |
| Febrero | 15 feb | Declaración informativa y de transparencia de donatarias | No lucrativas | Arts. 86 y 82 LISR |
| Febrero | En el mes | Determinación y pago de la prima de riesgo de trabajo IMSS | Patrones | Art. 74 LSS |
| Febrero | 28 feb | Ajuste anual de ISR de sueldos (impuesto anual del trabajador) | Patrones | Art. 97 LISR |
| Febrero | 28 feb | Cierre de ventana para corregir CFDI de nómina 2025 | Patrones | Reglas CFDI / RMF |
| Marzo | 17 mar (±) | Pagos mensuales de febrero | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Marzo | 31 mar | DECLARACIÓN ANUAL Personas Morales (ejercicio 2025) | Personas Morales | Arts. 9 y 76 LISR |
| Marzo | 31 mar | ISSIF / DISIF (obligados no dictaminados) | PM obligadas | Art. 32-H CFF |
| Abril | 17 abr (±) | Pagos mensuales de marzo | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Abril | 20 abr | Balanza de cierre de contabilidad electrónica (PM) | Personas Morales | Art. 28 CFF; RMF 2.8.1 |
| Abril | 30 abr | DECLARACIÓN ANUAL Personas Físicas (ejercicio 2025) | Personas Físicas | Art. 150 LISR |
| Abril | 30 abr | Plataformas digitales: entregar credenciales de acceso al SAT | Plataformas digitales | RMF 2026 |
| Mayo | 18 may (±) | Pagos mensuales de abril | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Mayo | 15 may | Dictamen fiscal (SIPRED) e ISSIF vía dictamen | PM obligadas / opción | Art. 32-A CFF |
| Mayo | 15 may | Declaración informativa de operaciones con partes relacionadas | Obligados | Art. 76 LISR |
| Mayo | 22 may | Balanza de cierre de contabilidad electrónica (PF) | Personas Físicas | Art. 28 CFF; RMF 2.8.1 |
| Mayo | 30 may | Reparto de PTU — Personas Morales | Personas Morales | Art. 122 LFT |
| Mayo | 31 may | Declaración anual complementaria de PF sin recargos | Personas Físicas | RMF 2026 |
| Junio | 17 jun (±) | Pagos mensuales de mayo | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Junio | 29 jun | Reparto de PTU — Personas Físicas | Personas Físicas | Art. 122 LFT |
| Julio | 17 jul (±) | Pagos mensuales de junio (verificar periodo inhábil del SAT) | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Agosto | 17 ago (±) | Pagos mensuales de julio | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Septiembre | 17 sep (±) | Pagos mensuales de agosto | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Octubre | 19 oct (±) | Pagos mensuales de septiembre | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Noviembre | 17 nov (±) | Pagos mensuales de octubre | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Diciembre | 17 dic (±) | Pagos mensuales de noviembre | PM y PF con actividad | Art. 14 LISR; 5-D LIVA |
| Diciembre | 20 dic | Pago del aguinaldo | Patrones | Art. 87 LFT |
| Diciembre | 31 dic | Cierre del ejercicio: última fecha de deducciones e inversiones; ajuste anual por inflación | PM y PF | Art. 44 LISR |
Este mismo calendario, más un checklist recurrente con casilla para palomear y columnas de estatus, viene también en el Excel que acompaña este estudio (hoja “Calendario 2026”), listo para operarlo día a día.
LO QUE CAMBIÓNovedades fiscales 2026: dónde poner el ojo
| Novedad 2026 | Qué significa |
|---|---|
| Recargos por mora al 2.07% | Subió ~40% desde 2025. Pagar tarde es hoy mucho más caro; la puntualidad rinde. |
| Tarifas de ISR de PF actualizadas | Se ajustaron por inflación (Anexo 8, factor 1.1321). Reprograma tu nómina y provisionales. |
| Cancelación de CFDI más estricta | El plazo se ata a la declaración anual y se exige aceptación expresa en CFDI con complemento de pago. |
| Plataformas digitales bajo lupa | Dan al SAT acceso en línea a sus datos; nueva retención de 4% a personas morales; marketplace al 2.5%. |
| Buzón tributario exigible | Su falta de habilitación ya genera sanciones. No dejarlo para después. |
| Intereses e IEPS al alza | Retención de intereses del sistema financiero sube a 0.90%; aumentos de IEPS en varios productos. |
| Reglas EFOS (69-B) reforzadas | Más control sobre operaciones inexistentes: cuida la materialidad de cada gasto. |
EL COSTO DE NO CUMPLIRSanciones: lo que está en juego
No lo digo para asustarte, sino para que dimensiones por qué vale la pena el orden. Estos son los rangos de multa por las fallas más comunes (Anexo 5 RMF 2026, montos aproximados):
| Incumplimiento | Multa aproximada | Fundamento |
|---|---|---|
| No presentar declaraciones o hacerlo tarde | $1,810 a $44,790 por obligación | Arts. 81 y 82 CFF |
| No presentar la DIOT | $14,880 a $29,750 | Arts. 81 y 82 CFF |
| No habilitar el Buzón Tributario | $3,850 a $11,540 | Arts. 86-C y 86-D CFF |
| CFDI o Carta Porte con errores / no expedir | $19,700 a $112,650 por documento | Arts. 83 y 84 CFF |
| No presentar dictamen / ISSIF estando obligado | $2,050 a $41,590 | Arts. 83 y 84 CFF |
CÓMO CORRER EL AÑOTu plan de trabajo de despacho
Tú ya lo sabes: un despacho que previene vale más que uno que corrige. La clave es convertir las obligaciones en una rutina de ritmos fijos —diario, semanal, mensual y de temporada— para que a ningún cliente se le pase nada. Y saber dónde está el pico: de febrero a mayo se te junta el cierre de todos.
| Ritmo | Actividades clave |
|---|---|
| Diario | Timbrar CFDI de ingresos, validar CFDI de gastos (cuida la materialidad, evita EFOS 69-B) y registrar cobros y pagos. |
| Cada semana | Conciliar bancos contra contabilidad y revisar el buzón tributario y las notificaciones del SAT. |
| Antes del día 10 | Cerrar la contabilidad del mes anterior y conciliar el IVA acreditable y trasladado; preparar la DIOT. |
| Antes del día 15 | Calcular ISR provisional, IVA y retenciones; timbrar y pagar nómina. |
| Día 17 (±) | Presentar y pagar declaraciones mensuales, DIOT y cuotas de seguridad social e ISN. |
| Temporada (feb–may) | Constancias e informativas (feb), anual de PM + ISSIF (mar), anual de PF (abr), dictamen y PTU (may). |
El plan de trabajo, actividad por actividad
Y aquí está el plan operativo completo, para que tú y tu equipo lo bajen a la práctica en el despacho. Asigna un responsable y una fecha compromiso a cada renglón:
| Bloque | Actividad | Frecuencia |
|---|---|---|
| Diario | Timbrar CFDI de ingresos y validar CFDI de gastos (cuida la materialidad, evita EFOS 69-B) | Diario |
| Diario | Registrar cobros y pagos (base de RESICO y del flujo de efectivo) | Diario |
| Cada semana | Conciliar bancos contra la contabilidad | Semanal |
| Cada semana | Revisar el buzón tributario y las notificaciones del SAT | Semanal |
| Antes del día 10 | Cerrar la contabilidad del mes anterior | Mensual |
| Antes del día 10 | Conciliar IVA acreditable y trasladado; preparar la DIOT | Mensual |
| Antes del día 15 | Calcular ISR provisional, IVA y retenciones del mes | Mensual |
| Antes del día 15 | Timbrar y pagar nómina; validar complemento 1.2 Rev. E | Mensual |
| Día 17 (±) | Presentar y pagar declaraciones mensuales y DIOT | Mensual |
| Día 17 (±) | Enterar cuotas IMSS, RCV-INFONAVIT e ISN | Mensual / Bimestral |
| Enero | Revisar e.firma/CSD; avisos de RESICO; arrancar los papeles del cierre anual | Anual |
| Febrero | Constancias, DIM, prima de riesgo IMSS y ajuste anual de sueldos | Anual |
| Marzo | Declaración anual de Personas Morales + ISSIF | Anual |
| Abril | Declaración anual de Personas Físicas; balanza de cierre de PM | Anual |
| Mayo | Dictamen fiscal; partes relacionadas; reparto de PTU (PM) | Anual |
| Junio | Reparto de PTU (PF); revisión de medio año | Anual |
| Diciembre | Cierre fiscal, aguinaldos y deducciones e inversiones de último minuto | Anual |
Este mismo plan, con columnas para asignar responsable, fecha compromiso y estatus, viene en la hoja “Plan de trabajo” del Excel que acompaña este estudio. Úsalo como tablero vivo: lo que se palomea, se cumplió; lo que sigue pendiente, es tu prioridad de la semana.
PARA TERMINAREl orden fiscal es rentable
El cumplimiento no le gana dinero a tu cliente directamente, es cierto. Pero el desorden fiscal sí se lo hace perder: recargos del 2.07% mensual, multas de decenas de miles de pesos, un sello digital restringido que lo deja sin facturar justo cuando más lo necesita. Evitarle esas pérdidas —y evitártelas tú como su asesor— es de las cosas mejor pagadas que hace un despacho. Y no cuesta dinero: cuesta método y disciplina.
Ya tienes el mapa completo: los regímenes, las obligaciones, las fechas, los fundamentos, el calendario y el plan. Llévalo a tu operación, súbelo a tu equipo y compártelo con tus clientes como parte de tu servicio. Porque en lo fiscal, como en todo lo demás, el que se anticipa gana, y el que improvisa paga.
“El SAT no debería agarrar con la guardia baja a ninguno de tus clientes. Cuando tú traes el año agendado, ellos tienen la cabeza libre para crecer — y te buscan y te recomiendan justo por eso.
Nota sobre las fuentes
Este estudio se basa en la normatividad vigente para 2026: Ley del ISR, Ley del IVA, Código Fiscal de la Federación, Ley de Ingresos de la Federación 2026 y Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-dic-2025) con sus anexos. Se complementó con análisis de despachos y colegios profesionales (Colegio de Contadores Públicos de México, IMCP, Basham, CONTPAQi, PwC, KPMG, IDC, El Contribuyente). Las fechas del día 17 marcadas con “±” dependen de días hábiles y del sexto dígito del RFC; los umbrales de dictamen/ISSIF y la numeración de reglas de la RMF conviene confirmarlos en el DOF. Este material es de apoyo y consulta; el análisis y la aplicación de cada caso concreto corresponden al criterio del profesional que lo utilice.
Fuentes
- SAT — Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-dic-2025)https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/documentos2026/rmf/rmf/RMF_2026-DOF-28122025.pdf
- SAT — Anexo 8 RMF 2026 (tarifas ISR)https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/documentos2026/rmf/anexos/Anexo-8-RMF-2026_DOF-28122025.pdf
- SAT — Comunicado: dictamen de estados financieros, fecha límite 15 de mayohttps://www.gob.mx/sat/prensa/llama-sat-a-cumplir-con-presentacion-de-dictamen-de-estados-financieros-fecha-limite-es-el-15-de-mayo-33-2026
- Cámara de Diputados — Ley de Ingresos de la Federación 2026http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LIF_2026.pdf
- IDC — Paquete Económico 2026: aumento en recargos e intereseshttps://idconline.mx/fiscal-contable/2025/09/12/paquete-economico-2026-aumento-en-recargos-e-intereses-fiscales
- IDC — Tablas y tarifas ISR 2026https://idconline.mx/fiscal-contable/2025/12/30/tablas-y-tarifas-isr-2026-nueva-actualizacion
- CONTPAQi — Principales cambios en la RMF 2026https://www.contpaqi.com/publicaciones/tendencias-fiscales/principales-cambios-en-la-resolucion-miscelanea-fiscal-2026
- Basham — Principales modificaciones a la RMF para 2026https://basham.com.mx/en/principales-modificaciones-a-la-rmf-para-2026/
- EY — Plataformas digitales, Paquete Económico 2026https://www.ey.com/es_mx/technical/tax/boletines-fiscales/propuestas-isr-e-iva-sector-plataformas-digitales
- Cofide — Fechas clave del calendario fiscal 2026https://www.cofide.mx/blog/fechas-clave-del-calendario-fiscal
- Siempre al Día — Dictamen fiscal e ISSIF 2026https://siemprealdia.co/mexico/fiscal/dictamen-fiscal-e-issif/
- Colegio de Contadores Públicos de México — Novedades RMF 2026https://www.contadoresmexico.org.mx/Vida-colegiada/Novedades-de-la-Resolucion-Miscelanea-Fiscal-para-2026